Las controversias de la realidad que vive la gestión escolar desde supervisiones escolares del estado de Veracruz.
TEMA: GESTIÓN ESCOLAR
Nivel
educativo: Educación Primaria
Título:
Reformar la organización de las supervisiones escolares estatales
Autor:
Mtra. Sandra Luz Herrera Sánchez
Correo
electrónico: sandraherrer@hotmail.com
La Gestión Escolar es uno de los factores del
sistema educativo que está referido al personal directivo y de supervisión
escolar, consiste en actividades inherentes a las funciones que propician el
desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje. Esas actividades están
directamente relacionadas con la asesoría, supervisión, seguimiento y apoyo al
trabajo de los docentes que dependen de los actores involucrados.
El marco jurídico
máximo como lo es nuestra Constitución Mexicana en apego al Artículo 3º
sustenta “la garantía de la calidad en la educación obligatoria de manera que
(…) la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de
aprendizaje de los educandos”. Así mismo la Ley General de Educación contempla
aspectos relacionados a estas funciones en el Artículo 22, en las que dice “En las actividades de supervisión
las autoridades educativas darán preferencia, respecto de los aspectos
administrativos, a los apoyos técnicos, didácticos y demás para el adecuado
desempeño de la función docente”.
Además, en el
Acuerdo 717 se establece “que las escuelas, para fortalecer su autonomía de
gestión, requieren de la atención permanente de las autoridades educativas
locales y municipales; del liderazgo del director; del trabajo colegiado del
colectivo docente; de la supervisión permanente de los procesos de enseñanza y
de aprendizaje que se producen en las aulas” y en el Capítulo II incisos “ j), k) y l) respectivamente se establece que
se debe “Fortalecer el cuerpo de supervisión escolar, a fin de
que su función se concentre en vigilar y asegurar la calidad del servicio
educativo que se presta en los planteles y que mantenga permanentemente
informadas a las autoridades educativas de los avances en el logro de
aprendizajes de los educandos; Reducir significativamente las tareas
administrativas del supervisor y fortalecer sus funciones de orientación y
asesoría pedagógicas; Establecer
equipos de apoyo a la supervisión escolar en el desarrollo y mejora continua de
las escuelas.”
A
partir de lo enunciado, el presente documento busca generar una contribución al
fortalecimiento de la función desde una reflexión sobre la propia práctica y el
análisis de la información derivada de la estancia laboral en estos espacios, para que, de
esta manera, las autoridades educativas competentes puedan identificar
fortalezas y áreas de oportunidad de este personal con el propósito de mejorar las capacidades de liderazgo y
gestión escolar.
Laboro
dentro de la zona escolar 22 Orizaba, del Estado de Veracruz, dependiente de la
Dirección General de Educación Primaria Estatal,
he trabajado a lo largo de 25 años como docente, en funciones de dirección
comisionada, subdirección académica y como apoyo técnico pedagógico, ello me
permite describir el estado de caso de la Gestión Escolar al menos dentro de mi
reducido margen de movimiento generado en las zonas escolares 21, 20, 24,
43 y 22 a las que pertenecí y a la que actualmente estoy adscrita.
La realidad de éstas supervisiones escolares estatales es que trabajan con -al menos 30- escuelas primarias bajo su responsabilidad, lo que contradice la
reducción de carga administrativa, ya que por muy mínima que ésta sea, al
contemplar la magnitud de la cotidianeidad escolar y su distribución geográfica
difícilmente se les daría la atención y supervisión adecuada según los marcos
normativos vigentes.
Los procesos de selección provenientes del INEE no han sido
respetados en esta vertiente estatal, pues ningún supervisor por ser empleado
de confianza de la DGEP ha sido removido de su puesto, si bien
estas figuras han presentado examen de selección según la ley del SPD, de forma
escasa y secreta se sabe que muchos, aunque no resultaron idóneos, aún conservan su
adscripción administrativa con comisión. La misma situación también alude a los
apoyos técnico pedagógicos, si bien la movilidad y proceso de selección ha
tenido un poco mas de movimiento, (se sabe de algunos docentes promovidos a
apoyos técnico pedagógicos después de haberse evaluado), es necesario publicar
que la gran mayoría de personal que se encontraban comisionados como apoyos técnico pedagógicos antes de la entrada en vigor de la citada ley del SPD, es el
mismo que actualmente está en las oficinas de supervisión escolar.
De esta inamovilidad no se espera más que el fracaso
anunciado de reformas educativas, puesto que se habla de un eslabón en la
cadena de fortalecimiento a la escuela que no está presente. El cuidado del
puesto, más administrativo que pedagógico, es evidente cuando la actividad
laboral sólo permite, por la sobrecarga de trabajo administrativo, la escasa
presencia de una verdadera contribución pedagógica a las escuelas por parte de
los supervisores escolares y apoyos técnico pedagógicos.
Puestos de confianza, sobrecarga de trabajo, actores
inamovibles con escasa preparación deben estar en el ojo del proceso evaluativo
tanto del INEE y de la Ley del servicio Profesional Docente, como de las autoridades involucradas en la organización estatal; una exhaustiva revisión de plantillas de zonas escolares, la
creación subsecuente de supervisiones escolares con personal evaluado e idóneo,
reforzaría grandemente lo que con tanta elocuencia se ha promovido en la
normatividad vigente. Se espera que a partir de esta reflexión se generen
documentos legales que normen la revisión de la operatividad de la DGEP, misma que se vea reflejada en la reorganización
de supervisiones escolares y quienes en ellas laboran.
Es notorio y notable el momento en que se realizó el comentario y el tiempo que ha pasado. De esta manera adquiere una vigencia tal derivado de lo que no ha cambiado en relacion alos cambios mencionados queno se han generado. Todo aigue tal como en aquel entonces.
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